El 8 de septiembre de 2021, el presidente de México presentó al Congreso de la Unión el paquete económico para el año 2022, que incluye medidas relacionadas con los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de México para 2022, incluyendo el Proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación; además, este paquete económico incluye modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y al Impuesto Especial (LIESPS).
El paquete económico no propone la adición de nuevos impuestos (como se pueden observar en las tablas isr) o incrementos a los ya existentes. Solo proponen ciertos ajustes sobre las disposiciones actuales.
Como parte de estas medidas, se resumen los aspectos más relevantes de este paquete económico, es importante mencionar que pueden surgir modificaciones durante la discusión y aprobación por parte del Congreso de la Unión, las cuales serán informadas en los siguientes comunicados.
Cada septiembre, junto con el próximo presupuesto anual, el Ejecutivo mexicano acostumbra a presentar al Congreso un proyecto de ley que modifica varias leyes fiscales: la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial y el Código Fiscal de la Federación. El proyecto de este año (la "Reforma Fiscal 2022"), fue presentado por el Presidente López Obrador el 8 de septiembre de 2021.
Actualmente, la propuesta de Reforma Fiscal 2022 incluye cambios que pueden impactar las transacciones en México.
◦ Reclamo de los beneficios del tratado sobre las ganancias de capital en la venta de acciones
Es necesario designar un representante legal mexicano para solicitar los beneficios del tratado en relación con las ganancias de capital obtenidas por la transmisión de acciones.
La Reforma Fiscal 2022 exige que dichos representantes legales asuman expresamente una responsabilidad solidaria, la cual ya era asumida por la ley, y demuestren su solvencia económica en caso de que surjan pasivos por operaciones de origen mexicano realizadas por los residentes extranjeros que representan.
Esto puede representar un obstáculo a la hora de reclamar los beneficios del tratado sobre las ganancias de capital por la venta de acciones o las reorganizaciones internacionales, ya que el representante legal extranjero debe nombrar a un representante legal mexicano solvente para pagar los impuestos en México, pero sería complejo encontrar un representante mexicano que pueda cubrir los impuestos de las grandes transacciones.
◦ Responsabilidad solidaria en operaciones de activos
El adquirente de la empresa en marcha de un contribuyente mexicano es responsable solidario de los impuestos que deba pagar el vendedor. La reforma fiscal de 2022 impone dicha responsabilidad incluso en el caso de transferencias de una empresa parcial en curso.
▪ Transmisión de acciones a costo fiscal
La reforma fiscal de 2022 aumenta los requisitos para la transmisión de acciones a coste fiscal en las reestructuraciones de empresas o para diferir los impuestos sobre las plusvalías en las reestructuraciones de empresas realizadas por residentes extranjeros.
Las autorizaciones estarán ahora sujetas a un mayor escrutinio, incluyendo las operaciones realizadas por las entidades de reestructuración en los cinco años anteriores y posteriores al proceso de reestructuración.
Además, las reestructuraciones de empresas que carezcan de una razón comercial válida podrán considerarse ineficaces y, por tanto, estarán sujetas a la tributación a valor de mercado.
▪ Autorregulación de los contribuyentes
Se mantiene un beneficio fiscal de reducción del 40% en las multas por infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones tributarias distintas a las de pago para los contribuyentes sometidos a revisión electrónica.
◦ Incentivos fiscales
Se mantienen los incentivos fiscales para el ejercicio fiscal 2022, entre los cuales los más relevantes son:
● Crédito al ISR del IEPS pagado por la adquisición de diésel o biodiésel para su consumo (varios supuestos).
● Crédito del 50% de los pagos realizados en la red nacional de autopistas de peaje, para los contribuyentes que se dediquen al transporte terrestre público o privado transporte de carga o pasajeros.
● Crédito al ISR del IEPS correspondiente a la adquisición de combustibles fósiles para su proceso productivo y que no se destinen a la combustión.